El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha dictado una providencia en la que comunica a los directores de los centros penitenciarios de Soto del Real y de Alcalá de Henares que «no existe razón procesal que conduzca a la custodia de los procesados en ningún centro penitenciario concreto, estando la decisión sujeta a los criterios penitenciarios que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias considere de aplicación».